jueves, 1 de octubre de 2009

Sesión 01-10-09

Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

Los hechos de adulteración de medicamentos, y;

Considerando:

Que hace ya demasiado tiempo que venimos enterándonos sobre la existencia de organizaciones mafiosas que lucran con la adulteración de medicamentos y que en estos hechos estaría involucrado funcionarios públicos y sindicalistas. Pero en estos días esas denuncias han adquirido un impulso inusitado en causas en la que pueden estar involucrados importantes funcionarios.

Que es en este contexto en el que los ciudadanos del Municipio de Almirante Brown nos enteramos que el Subsecretario de Control Sanitario del Ministerio de Salud se encuentra involucrado en la causa que lleva adelante el Juez Federal Norberto Oyarbide.

Que las declaraciones del Ministro de Salud lejos de tranquilizarnos han contribuido a generar una mayor preocupación el afirmar que “es muy posible que el diez por ciento de los medicamentos que circulan en el país sean falsificados”.

Que creo que este cúmulo de hechos no pueden sucederse sin que este HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE tome intervención y;

Por ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE COMUNICACIÒN

ARTICULO 1º) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires solicitando información de proveedores de medicamentos, stock y fecha de vencimiento de todo los medicamentos de los HOSPITALES PÙBLICO LUCIO MELENDEZ Y DR. ARTURO OÑATIVIA DEL PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN.

ARTÍCULO 2°) De Forma.

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

Los hechos de adulteración de medicamentos, y;

Considerando:

Que hace ya demasiado tiempo que venimos enterándonos sobre la existencia de organizaciones mafiosas que lucran con la adulteración de medicamentos y que en estos hechos estaría involucrado funcionarios públicos y sindicalistas. Pero en estos días esas denuncias han adquirido un impulso inusitado para causas en la que pueden estar involucrados importantes funcionarios públicos.

Que es en este contexto en el que los ciudadanos del Municipio de Almirante Brown nos enteramos que el Subsecretario de Control Sanitario del Ministerio de Salud se encuentra involucrado en la causa que lleva adelante el Juez Federal Norberto Oyarbide.

Que las declaraciones del Ministro de Salud lejos de tranquilizarnos han contribuido a generar una mayor preocupación el afirmar que “es muy posible que el diez por ciento de los medicamentos que circulan en el país sean falsificados”.

Que creo que este cúmulo de hechos no pueden sucederse sin que este HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE tome intervención y;

Por ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando información de proveedores de medicamentos, stock y fecha de vencimiento de todo los medicamentos de los Centros de Atención Primaria de la Salud del Partido de Almirante Brown

ARTÍCULO 2°) De Forma.

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

El Exp. HCD 15.906/08, eleva PROYECTO DE COMUNICACIÓN solicitando al D.E Remita informe sobre predio conocido como “Quinta Roca” ubicado en el Barrio Corimayo de Burzaco. y;

Considerando:

Que el Exp. HCD 15.906/08 con MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 06/08 sancionado en la sesión del día 28/05/2008, con Exp. D.E 51.342/08, no ha sido contestado al día de la fecha.

Que las inquietudes presentadas por este Honorable Cuerpo Legislativo sobre el predio perteneciente al Municipio de Almirante Brown.

Que se lo adquirió en su momento para la construcción de la Universidad de Almirante Brown.

Que es necesario saber el que destino tiene y tendrá el predio conocido como la “Quinta Roca”. Ubicada en la manzana delimitada por la calle Parera, Av. Berlín y la Av. Espora, denominada catastralmente como Circ. III Sec. N Fracción I Parcela 4 en el Barrio Corimayo, Burzaco

Que es necesario saber cuanto gasto mensual esta generando el predio conocido como la “Quinta Roca”. Ubicada en la manzana delimitada por la calle Parera, Av. Berlín y la Av. Espora, denominada catastralmente como Circ. III Sec. N Fracción I Parcela 4 en el Barrio Corimayo, Burzaco

Que Ley de Procedimiento Administrativo Municipal imponen los plazos en los cuales el departamento ejecutivo debería contestar los pedidos de informes.

Por Ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°: Dirigirse al Departamento y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndole saber que este HONORABLE CUERPO solicita la inminente respuesta al pedido de informe con MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 06/08 sancionado en la sesión del día 28/05/2008, con Exp. D.E 51.342/08

Artículo 2°: El presente pedido de informe debe ser respondido por el departamento ejecutivo en los plazos establecidos por el artículo 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo Municipal

Artículo 3°: De Forma

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

El Exp. HCD 15.976/08, eleva PROYECTO DE RESOLUCIÓN solicitando al D.E realice inspecciones en todo los geriátricos y Hogares del Distrito. y;

Considerando:

Que el Exp. HCD 15.976/08 con MINUTA DE RESOLUCIÓN N° 71/08 sancionado en la sesión del día 12/06/2008, con su correspondiente re pedido Exp. HCD 16.252/08 con MINUTA DE RESOLUCIÓN N° 186/08 sancionado en la sesión del día 25/09/2008 y con Exp. D.E 51.302/08, no ha sido contestado al día de la fecha.

Que las inquietudes presentadas por este Honorable Cuerpo Legislativo sobre el relevamiento de cuantos geriátricos y hogares de día cuenta nuestro Municipio, cuantos tienen la habilitación definitiva y cuantos la provisoria y el porque del no otorgamiento de la misma, de que si cumplen con las normas de seguridad: edilicias, de salubridad, equipamientos y antisiniestrales establecidas en el decreto provincial 3280/90 no han sido satisfechas al no tener respuestas del Departamento Ejecutivo.

Que es necesario adoptar medidas concretas que aspiren a optimizar los controles hacia los geriátricos.

Que Ley de Procedimiento Administrativo Municipal imponen los plazos en los cuales el departamento ejecutivo debería contestar los pedidos de informes.

Por Ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°: Dirigirse al Departamento y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndole saber que este HONORABLE CUERPO solicita la inminente respuesta al pedido de informe con MINUTA DE RESOLUCIÓN N° 71/08 sancionado en la sesión del día 12/06/2008, con su correspondiente re pedido Exp. HCD 16.252/08 con MINUTA DE RESOLUCIÓN N° 186/08 sancionado en la sesión del día 25/09/2008 y con Exp. D.E 51.302/08

Artículo 2°: El presente pedido de informe debe ser respondido por el departamento ejecutivo en los plazos establecidos por el artículo 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo Municipal

Artículo 3°: De Forma

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

El Exp. HCD 15.940/08, eleva PROYECTO DE COMUNICACIÓN solicitando al D.E y por su intermedio a la dependencia que corresponda informe sobre puesta en Marcha de la estación de transferencia de residuos sólidos urbano en el distrito. y;

Considerando:

Que el Exp. HCD 15.940/08 con MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 05/08 sancionado en la sesión del día 28/05/2008, con su correspondiente re pedido Exp. HCD 16.248/08 con RESOLUCIÓN N° 185/08 sancionado en la sesión del día 25/09/2008 y con Exp. D.E 53.555/08, no ha sido contestado al día de la fecha.

Que las inquietudes presentadas por este Honorable Cuerpo Legislativo sobre informe de impacto ambiental que debe preceder para la puesta en funcionamiento de la planta de transferencia no ha sido contestado.

Que no hay información precisa sobre las acciones punitivas y de resguardo ambiental,

Que si se esta aplicando el tratamiento para los líquidos producidos por la compactación u otro tipo de acciones con los residuos

Que Ley de Procedimiento Administrativo Municipal imponen los plazos en los cuales el departamento ejecutivo debería contestar los pedidos de informes.

Por Ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°: Dirigirse al Departamento y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndole saber que este HONORABLE CUERPO solicita la inminente respuesta al pedido de informe con MINUTA COMUNICACIÓN N° 05/08 sancionado en la sesión del día 28/05/2008, con su correspondiente re pedido con RESOLUCIÓN N° 185/08 sancionado en la sesión del día 25/09/2008 y con Exp. D.E 53.555/08

Artículo 2°: El presente pedido de informe debe ser respondido por el departamento ejecutivo en los plazos establecidos por el artículo 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo Municipal

Artículo 3°: De Forma

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

El Exp. HCD 16.301/08, eleva PROYECTO DE COMUNICACIÓN solicitando al D.E informe referente a Bingo Adrogué. y;

Considerando:

Que el Exp. HCD 16.301/08 con MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 18/08 sancionado en la sesión del día 09/10/2008, y con Exp. D.E 55.444/08, no ha sido contestado al día de la fecha.

Que las inquietudes presentadas por este Honorable Cuerpo Legislativo sobre informe contaba con la higiene adecuada, si cumplía con los certificados de antisiniestral no ha sido contestado.

Que es necesario saber en que horarios se encuentra abierto El Bingo Adrogué

Que si posee los elementos de seguridad vigentes para locales con asistencia masiva de público

Que cuáles fueron los motivos de su clausura en su momento.

Que Ley de Procedimiento Administrativo Municipal imponen los plazos en los cuales el departamento ejecutivo debería contestar los pedidos de informes.

Por Ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°: Dirigirse al Departamento y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndole saber que este HONORABLE CUERPO solicita la inminente respuesta al pedido de informe con MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 18/08 sancionado en la sesión del día 09/10/2008, y con Exp. D.E 55.444/08

Artículo 2°: El presente pedido de informe debe ser respondido por el departamento ejecutivo en los plazos establecidos por el artículo 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo Municipal

Artículo 3°: De Forma

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

La falta de información que se posee sobre las cooperativas que trabajan para el Municipio de Almirante Brown;

Considerando:

Que es necesario contar con un informe detallado sobre las cooperativas que emplea el Municipio de Almirante Brown;

Que a su vez en necesario contar con la condiciones de contratación de las mismas y formas en que fueron seleccionadas.

Que oportunamente en el mes de octubre ya se había realizado un pedido de informe sobre el funcionamiento de las cooperativas del plan “AGUA + TRABAJO” con minuta de resolución 198/08

Por Ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÒN

ARTICULO 1º: Dirigirse al Departamento y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndole saber que este HONORABLE CUERPO vería con agrado información relativa a cantidad de cooperativas que trabajan para el municipio de Almirante Brown, documentación respaldatoria de las cooperativas, composición orgánica y numérica de las mismas, condiciones y plazos de contrataciones, montos percibidos por cada cooperativa por sus trabajos y si han percibidos subsidios.

Artículo 2°: El presente pedido de informe debe ser respondido por el departamento ejecutivo en los plazos establecidos por el artículo 77 de la Ley de Procedimiento Administrativo Municipal

Artículo 3°: De Forma

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

La falta de información que hay sobre los actos administrativos del Consejo Escolar de Almirante Brown;

Considerando:

Que es necesario contar con un informe detallado sobre las empresas proveedoras: de los alimentos para los comedores escolares, de los insumos de limpieza y de las empresas de mantenimientos de los colegios;

Que a su vez en necesario contar con la condiciones de contratación de las mismas y formas en que fueron seleccionadas dichas empresas;

Que es necesario contar con un informe detallado sobre las cooperadoras escolares y dinero que perciben

Por Ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Dirigirse a LA Dirección general de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos aires, haciéndole saber que este HONORABLE CUERPO vería con agrado información relativa a a: modos de contrataciones, registro de proveedores, registro de obras, informe por la falta de insumos para la limpieza, informe sobre la falta de elementos de cocina en los comedores escolares, el porque de la utilización de listados 2008 en el llamada a actos públicos de los auxiliares e información de los montos que cada escuela va a recibir en concepto de las cooperadoras escolares.

Artículo 2°: De Forma

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

La sanción de la reforma impositiva promovida por Scioli. Y;

Considerando:

Que en menos de dos años de gestión, como en julio de 2008, Scioli nuevamente impuso aumentos en los impuestos en la Provincia de Buenos Aires;

Que la ley de reforma impositiva que introduce incrementos en los tributos provinciales y crea nuevos gravámenes entrará en vigencia en el 2010;

Que esta nueva reforma tiene un único fundamento: incrementar los impuestos a los bonaerenses para hacer frente a las necesidades de caja de un gobierno desprolijo y derrochador;

Que existen otras formas de mejorar las cuentas provinciales sin afectar a los bonaerenses;

Que la provincia de Buenos Aires dejó de recibir el 34% de la recaudación nacional y apenas percibió el 25,7 %, lo que motivó un desequilibrio de las cuentas provinciales;

Que Scioli por no pelear los fondos de la provincia introduce nuevos aumentos en la Provincia;

Que no parece alentador que en medio de una recesión se aumenten los impuestos, ya que el efecto cae sobre el ingreso disponible en manos del sector privado, cuando lo que se debería buscar es mantener el consumo e inversión;

Que el único argumento creíble que tienen es que quieren incrementar la recaudación a cualquier costo, por eso castigan a ruralistas, a los puertos, y además continúan dándole a ARBA atribuciones que van a originar planteos judiciales de toda índole;

Que los porcentajes anunciados en 2008 para el impacto de la anterior suba de impuestos no se cumplieron. Anunciaron que afectarían a menos de 150.000 partidas y terminaron subiéndole el impuesto a casi medio millón de propietarios;

Que por el incremento de los impuestos de julio de 2008 se vieron incrementadas las TASAS en el Partido de ALMIRANTE BROWN;

Por Ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Dirigirse al Departamento y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndole saber que este HONORABLE CUERPO vería con agrado que viendo el incremento de los impuestos de la Provincia de Buenos Aires NO se incrementen las Tasas del Partido de Almirante Brown para el periodo Fiscal 2009-2010.

Artículo 2°: De Forma

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Almirante Brown, 24 de septiembre de 2009

Visto:

El Sector Industrial Planificado de Alte. Brown, ubicado en la localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown. Y;

Considerando:

Que el sector cubre una superficie a 550 has encontrándose instaladas mas de 190 fabricas, incluida la Planta de Transferencia del Ceamse;

Que la creación de un Consorcio de Control sería la mejor herramienta para garantizar el cumplimiento de las leyes Nacionales, Provinciales y las Ordenanzas locales;

Que seria necesario contar con un Estudio de Impacto Ambiental, de las fábricas instaladas ya que podrían dañar el medio ambiente de la zona;

Por Ello:

El Bloque del GEN-COALICIÓN CÍVICA, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: Crease en el seno del Honorable Concejo Deliberante un CONSORCIO DE CONTROL DEL PARQUE INDUSTRIAL BURZACO.

Artículo 2°: Este CONSORCIO DE CONTROL estará integrado por un representante de cada Bloque Legislativo del HCD, tres representantes del Ejecutivo a designar por el Sr. Intendente Municipal, un representante del SIPAB y miembros de ONG´S vinculadas al Medio Ambiente .

Artículo 3°: El objeto del CONSORCIO DE CONTROL es garantizar a la población el cumplimiento de las leyes Nacionales, Provinciales y las Ordenanzas locales en lo que refiere al impacto ambiental en la zona.

Artículo 4°: Serán funciones del CONSORCIO DE CONTROL: realizar reuniones mensuales en el seno del HCD, y deberán emitir un informe de acceso público en lo que refiere a temas tratados en cada encuentro.

Artículo 5°: DE FORMA.

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