miércoles, 28 de mayo de 2008

Sesión día 28/05/2008

Almirante Brown, 15 de Mayo de 2009

Visto:

La necesidad de dar una solución a las quejas reiteradas por los vecinos de la localidad de Burzaco.

Considerando:

Que estas quejas se refieren a poder contar con un refugio que permita los días de lluvia poder esperar los transportes de pasajeros en un lugar cubierto.

Que atento a ello se hace necesario instrumentar las medidas pertinentes y concretar una inmediata solución a los reclamos de dichos vecinos.

Que en dichas arterias el paso ya sea de personas que concurren a sus respectivos trabajos y niños que lo hacen a las escuelas de la zona.

Por ello:

El Bloque de Concejales de la Coalición Cívica eleva a consideración de este Honorable cuerpo el siguiente:

Proyecto de Resolución:

Articulo 1°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda haciéndole saber que este Honorable cuerpo vería con agrado se proceda a la construcción de un refugio en la Avenida Espora (de la mano derecha, mirando hacia Adrogué) esquina Alem de la Localidad de Burzaco.

Articulo 2°) De Forma.



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Almirante Brown, 15 de Mayo de 2009

VISTO:

La importancia que el Estado Democrático en que vivimos se encuentra apoyado en premisas fundamentales como la igualdad de oportunidades y el pleno ejercicio de la libertad de expresión sin distinción ni condicionamiento de ninguna clase;

CONSIDERANDO:

Que es imprescindible para lograr lo anteriormente mencionado, que los vecinos de nuestra comunidad conozcan cuales son los procedimientos necesarios para canalizar demandas.

Que es parte de nuestra función como representantes del pueblo de Alte Brown trabajar de manera conjunta con nuestra sociedad.

Que el Artículo 13. de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires- garantiza que “…La libertad de expresar pensamientos y opiniones por cualquier medio, es un derecho asegurado a los habitantes de la Provincia...”

Que el Artículo 14. de la Constitución de la Nación Argentina- garantiza que “…Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio…“…de peticionar a las autoridades…”…”

Que es una herramienta necesaria para incluir a los vecinos en las políticas de Estado para contribuir al mejoramiento de nuestra comunidad y su calidad de vida

POR ELLO:

El Bloque de la Coalición Cívica, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Art. 1°) CREASE en el seno del Concejo Deliberante de Almirante Brown, la “BANCA DEL VECINO", espacio donde se podrán manifestar los oradores de turno en referencia a proyectos, inquietudes, propuestas y temas diversos que tengan como objetivo contribuir al mejoramiento de nuestra comunidad y su calidad de vida.

Art. 2°) Podrán acceder a “La Banca del Vecino”. Todos los vecinos del Partido de Almirante Brown que lo soliciten, a partir de los 18 años de edad.

Art. 3°) Para solicitar el uso de La Banca del Vecino, se deberá presentar una nota dirigida al Sr. Presidente del Cuerpo con los datos siguientes:

a) Apellido y nombre, numero de documento, y domicilio de la persona que ocuparía La Banca, en caso de que la solicitud fuere de una Institución se deberá agregar nombre de la entidad y domicilio legal.

b) Descripción breve y precisa del tema a desarrollar, con una fundamentación del mismo.

Art. 4º) Con la nota de solicitud se deberá adjuntar la documentación siguiente:

a) Fotocopia del Documento de Identidad de la persona que hará uso de la palabra, donde conste la emisión de votos y/o la justificación correspondiente. Cuando ésta lo hiciese en nombre de una Institución deberá adjuntar la correspondiente autorización y/o designación.

b) Certificación de Personería Jurídica de la Institución solicitante, con la correspondiente acreditación de estar en situación regular ante ese Organismo.

Art. 5º) Realizada la presentación, ésta deberá ser girada a la comisión interna correspondiente, donde en la inmediata reunión posterior será evaluada, designándose o no el día en que el o los solicitantes harán uso de la Banca del Vecino, como así también el tiempo permitido para hacer uso de la palabra; procediendo el Presidente del Concejo Deliberante a confeccionar un cronograma para el uso de La Banca.

Art. 6°) Los Representantes tendrán derecho a voz, pero sin voto conforme lo estatuye el reglamento interno del Concejo, debiendo ajustarse en sus alocuciones al tema motivo de la solicitud. La Banca del Vecino, estará situada en el recinto de sesiones del Concejo Deliberante, en el centro y de frente al estrado de la Presidencia.

Art. 7°) Los expositores harán uso de la Banca antes del inicio de cada sesión ordinaria (sin participar en ella), la cantidad de oradores y el tiempo de exposición, lo reglamentará la comisión de labor Parlamentaria, en general o para cada sesión en particular.

Art. 8º) La Presidencia del Concejo Deliberante deberá llevar un libro de registro debidamente foliado y rubricado en el cual constarán los datos de los solicitantes a ocupar “La Banca”, numero de orden, fecha de presentación de la solicitud, tema a desarrollar y día y hora de la sesión en que podrá hacer uso de la palabra, esto último será notificado por escrito a los interesados.

Art. 9º) Cuando el proyecto fuera promovido por más de una Institución, o más de una solicitare la intervención en un tema que les fuera específico, se permitirá en el recinto la participación de un representante por cada una de ellas, no pudiendo exceder dicho número el total de tres (3), si en caso del tratamiento de alguno de estos asuntos, la Banca del Vecino fuera solicitada por más de tres (3) representantes, la Presidencia del Cuerpo procederá a convocar a los restantes para la próxima Sesión Ordinaria.

Art. 10°) DEROGASE, toda otra norma que se oponga a la presente.

Art. 11º) De Forma.


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Almirante Brown, 15 de mayo de 2009

VISTO:

El predio de 13 hectáreas conocido como la “Ex Quinta Roca”. Ubicada en la manzana delimitada por la calle Parera, Av. Berlín y la Av. Espora, denominada catastralmente como Circ. III Sec. N Fracción I Parcela 4 en el Barrio Corimayo, Burzaco.

CONSIDERANDO:

Que es un predio perteneciente al Municipio de Almirante Brown.

Que se lo adquirió en su momento para la construcción de la Universidad de Almirante Brown.

Que en este momento el predio se encuentra abandonado, recibiendo críticas de los vecinos del lugar.

Que Según ordenanza 8591 fue declarada de Interés Municipal la adquisición del Inmueble.

POR ELLO:

El Bloque de la Coalición Cívica, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Articulo 1°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando información de que destino tiene y tendrá el predio conocido como la “Quinta Roca”. Ubicada en la manzana delimitada por la calle Parera, Av. Berlín y la Av. Espora, denominada catastralmente como Circ. III Sec. N Fracción I Parcela 4 en el Barrio Corimayo, Burzaco

Articulo 2°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando información de cuanto gasto mensual esta generando el predio conocido como la “Quinta Roca”. Ubicada en la manzana delimitada por la calle Parera, Av. Berlín y la Av. Espora, denominada catastralmente como Circ. III Sec. N Fracción I Parcela 4 en el Barrio Corimayo, Burzaco

Articulo 3°) De Forma.

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Almirante Brown, 15 de Mayo de 2009

Visto:

La Ley orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad referido en su articulado a subvención o subsidio.

Considerando:

Que es necesario saber que entidad ajena a la Comuna recibe de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio

Que es necesario para el correcto análisis de la Rendición de Cuenta.

Por ello:

El Bloque de la Coalición Cívica, eleva a consideración el siguiente:

Proyecto de comunicación

Artículo 1°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando copia de acuerdo a los Artículos 131° al 133° del Reglamento de contabilidad y de acuerdo al Artículo 276° de la ley orgánica de las municipalidades “de los detalles de entidades o personas físicas que han recibido subsidios en el 2007” y “la copia de la rendición de cuenta por comprobantes o balances de esas entidades que han recibido los subsidios o subvenciones”

Artículo 2°) De Forma.


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Almirante Brown, 15 de Mayo de 2009

Visto:

La Ley orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad referido en su articulado a Licitaciones y Obras Publicas.

Considerando:

Que es necesario saber que tipo de licitaciones, modo de contratos y en que condiciones se realizaron.

Que es necesario saber que tipo de obras públicas se realizaron, en que condiciones y quienes la realizaron.

Que es necesario para el correcto análisis de la Rendición de Cuenta.

Por ello:

El Bloque de la Coalición Cívica, eleva a consideración el siguiente:

Proyecto de comunicación

Artículo 1°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando copia de acuerdo al Artículo 110° del Reglamento de contabilidad “de los libros de contratos y licitaciones del 2007” del Municipio de Almirante Brown.

Articulo 2°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando copia de acuerdo al Artículo 114° del Reglamento de contabilidad “de los registro de Contratistas” y de acuerdo al Articulo 115° del Reglamento de Contabilidad “de los registro de Proveedores del 2007” del Municipio de Almirante Brown.

Artículo 3°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando copia de acuerdo al Artículo 140° de la Ley Orgánica de las municipalidades “del registro de licitadores de Obra Pública del 2007”

Artículo 4°) De Forma.


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Almirante Brown, 15 de Mayo de 2009

Visto:

La Ley orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad referido en su articulado al control en la Rendición de Cuenta.

Considerando:

Que es necesario saber si hubo modificaciones presupuestarias.

Que es necesario saber si se utilizaron esas ampliaciones.

Que es necesario para el correcto análisis de la Rendición de Cuenta.

Por ello:

El Bloque de la Coalición Cívica, eleva a consideración el siguiente:

Proyecto de comunicación

Artículo 1°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando copia de acuerdo al Artículo 48° del Reglamento de contabilidad “de la copia del Acta de Transmisión de la Administración Pública del año 2007”

Artículo 2°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando copia de acuerdo a los inc “B”, “C”, “J”, “T”,“U” del Artículo 212° del Reglamento de contabilidad “de la copia autenticadas de las siguientes ordenanzas del 2007: Modificación del calculo de recursos, Modificación del presupuesto de Gastos, subsidios otorgados, creación de cuentas especiales”, “de la copia autenticada de los decretos del 2007 que el D.E hubiera dictado” “ de las copias de los pagos legajadas por incisos o partidas con arreglo al presupuesto del 2007” “detalle de las partidas presupuestaria excedidas para las cuales el D.E pidió compensaciones al Concejo Deliberante en el 2007” e “información de todas las causas judiciales que se hayan promovido en el 2007”

Artículo 3°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando “copia de los libros diarios donde conste el detalle de facturas de proveedores que la municipalidad contrato para proveerse de insumo y/o bienes en el 2007”

Artículo 4°) De Forma.

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Almirante Brown, 15 de Mayo de 2009

Visto:

La necesidad de crear parlamentos estudiantiles en el partido de Almirante Brown.

Considerando:

Que la creación de un Concejo Estudiantil es una forma de fomentar la participación democrática y el compromiso comunitario, fomentando el desarrollo de iniciativas, acciones y estudios y la difusión de temas que tiendan a mejorar el bienestar de la población con el objeto de lograr la participación activa de la comunidad y en especial de los jóvenes.

Que desde esta perspectiva, la creación de un Parlamento Estudiantil se convertiría en un ámbito de análisis de las problemáticas locales y un mecanismo para proponer acciones, programas y normas para nuestra comunidad.

Que con este mecanismo de participación comunitaria orientado a jóvenes del nivel Polimodal, facilitaría la interacción entre los estudiantes, la comunidad y los funcionarios municipales, que permitirá capitalizar en la gestión pública, el conocimiento y el potencial de colaboración.

Que los objetivos de este proyecto son:

· Contribuir a la educación de la juventud en la participación y el compromiso.

· Proponer acciones, programas y normas que generen conciencia democrática.

· Fomentar la participación y la formación democrática de la juventud.

Por Ello:

El Bloque de la Coalición Cívica, eleva a consideración el siguiente:

Proyecto de Ordenanza

Artículo 1°) Créase el Concejo Deliberante Estudiantil del Partido de Almirante Brown, el que será integrado por alumnos representantes de los establecimientos educativos del Nivel de Polimodal, de los establecimientos estatales y privados de todo el distrito que deseen participar, los que deberán se elegidos democráticamente por los estudiantes de cada institución.

Artículo 2°) El Concejo Deliberante Estudiantil tendrá como fin la participación y formación democrática de los alumnos de los establecimientos educativos del Partido de Almirante Brown, mediante la elaboración y debate de proyectos.

Artículo 3°) El concejo Deliberante Estudiantil se reunirá y sesionara dos veces al año y en los recintos del Honorable Concejo Deliberante y estará constituido por 24 (veinticuatros) miembros Titulares y 24 (veinticuatros) suplentes elegidos democráticamente por sus pares y votados al comienzo del ciclo lectivo de cada año.

Artículo 4°) Los miembros suplentes tendrá como función reemplazar a los miembros Titulares cuando estos no puedan concurrir a las sesiones y serán los que darán el numero necesario de veinticuatro miembros, cuando éste numero no se alcance por falta de participación de algún establecimiento escolar. Los lugares vacantes se cubrirán con un miembro suplente de cada Institución.

Artículo 5°) Al fin de cumplimentar los aspectos metodológicos y prácticos, el Honorable Concejo Deliberante Conjuntamente con las Instituciones educativas involucradas, el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Almirante Brown y la Secretaría de Educación y Cultura, brindaran asesoramiento necesario para la concreción de lo establecido en la presente Ordenanza.

Artículo 6°) Los proyectos presentados y aprobados por el Concejo Deliberante Estudiantil, ingresaran a las comisiones respectivas, para su tratamiento.

Artículo 7°) En la primera sesión, el Concejo Deliberante Estudiantil de Almirante Brown, elegirá sus autoridades: un Presidente, un Vicepresidente 1°, Vicepresidente 2°, un Secretario y un Pro Secretario Legislativo. Los cuales se desempeñaran en su cargo durante el año en que fueron elegidos.

Artículo 8°) De Forma.


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Almirante Brown, 15 de mayo de 2009

VISTO:

La Puesta en marcha de una estación de transferencia de residuos sólidos urbanos en el Partido de Almirante Brown

CONSIDERANDO:

Que la cuestión del tratamiento de residuos sólidos urbanos tiene dos aspectos centrales: el altísimo costo ambiental y el oneroso costo económico.

Que la falta de cultura de preservación del medio ambiente y de control ciudadano, el limitado número de oferentes en las licitaciones relacionadas, la alta sensibilidad de la población ante las dificultades que pudieran surgir en el proceso de recolección y destino de la basura.

Que entre otras variables a considerar, hacen que este tema deba ser analizado en forma permanente y detallada.

Que las numerosas inquietudes presentadas por los habitantes de Almirante Brown, que carecen de toda información respecto de una cuestión que debería haberlos tenido como protagonistas excluyentes en el proceso de toma de decisiones.

Que la presencia inusitada y creciente de camiones procedentes de diversos municipios que descargan toneladas de basura y su almacenamiento en un galpón, que ante la observación directa, no evidencia haber recibido acondicionamiento adecuado en función de los estándares de seguridad ambiental.

Que es lindante con una empresa privada orientada al tratamiento de residuos industriales, Antonio Vázquez S.A.C.I

POR ELLO:

El Bloque de la Coalición Cívica, eleva a consideración el siguiente:

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Articulo 1°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda solicitando información de la puesta en marcha de “la Estación de Transferencia de Residuos sólidos Urbanos” en el Partido de Almirante Brown detallando:

· la situación previa suscitada en el lugar en que ha emplazado la planta.

· las acciones punitivas y de resguardo ambiental ejercidas desde el estado ante las irregularidades preexistentes detectadas.

· Establecer si existe algún tipo de vinculación con la empresa Antonio Vázquez .S.A.C.I., situada en las adyacencias de la estación de transferencia.

· Cuáles son las razones sobre las que determino como necesaria la creación de esa planta en Almirante Brown.

· Las acciones de la Provincia y del Municipio de Almirante Brown respecto de la apertura y control de la estación, en consonancia con lo previsto en la ley 13.592

· El informe de impacto ambiental que debe preceder a su puesta en funcionamiento.

· Los programas de difusión y educación concretados a fin de lograr la participación activa de la comunidad.

· El Organigrama, las misiones y los plazos establecidos para el cumplimiento de las acciones emprendidas y/o previstas.

· De los procesos que allí se desarrollan.

· La existencia de controles a efecto de evitar la canalización de residuos industriales a esta planta

· Si aplica tratamientos para líquidos producidos por la compactación u otro tipo de acciones con los residuos, en caso afirmativo, detallar sus características.

· El tiempo de almacenamiento promedio y los fundamentos técnicos a partir de los cuales se lo determino.

· Cómo se articula el accionar de la planta con el programa de gestión integral de residuos provincial y con el programa Generación 3R.

· Los montos invertidos por la CEAMSE desde el inicio de su participación en la planta.

· La inversión y gasto previsto en el presupuesto vigente.

Articulo 2°) De Forma.




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